Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2021050099)
Orden de 8 de junio de 2021 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
7 páginas totales
Página
NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

29028

ORDEN de 8 de junio de 2021 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. (2021050099)
Las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
En relación con la presente modificación de puestos de trabajo, se procede a la creación de
diversos puestos de estructura, de acuerdo con las necesidades surgidas en los distintos órganos directivos, como consecuencia de las funciones que le atribuye la gestión de las competencias asignadas, tanto en materia de vivienda como en infraestructura viaria y transporte.
De este modo, destaca la creación de la Jefatura de Sección de Gestión Económica y Presupuestaria en Programas de Vivienda, a la que se le atribuye la coordinación y dirección de toda
la gestión relacionada con la cantidad de líneas de ayudas en materia de vivienda, derivadas
tanto de los diferentes Planes Estatales de Vivienda como Planes Autonómicos, sobre la base
de los Convenios con el Ministerio para la gestión de las ayudas del Plan.
Por otra parte, el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para las
relaciones de puestos de trabajo del personal de la Junta de Extremadura, establece en su
artículo 8.3 que aquellos puestos de naturaleza administrativa que figurasen en la relación de
puestos de trabajo de personal laboral y que se hallen vacantes, desaparecerán de la misma
y se integrarán en el nivel correspondiente de la relación de puestos de personal funcionario.