Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2021080798)
Anuncio de 3 de junio de 2021 por el que se da publicidad a la finalización del plazo de vigencia, a efectos de presentación de solicitudes, de las ayudas establecidas en la Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas del Programa I para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021

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ANUNCIOS
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
ANUNCIO de 3 de junio de 2021 por el que se da publicidad a la finalización
del plazo de vigencia, a efectos de presentación de solicitudes, de las ayudas
establecidas en la Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Secretaría
General, por la que se convocan las ayudas del Programa I para facilitar
el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus
familias, para el ejercicio 2021. (2021080798)
De acuerdo con Decreto del Presidente 5/2020, de 18 de junio, por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, la Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Presidencia, convocó las ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de
las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio 2021, (DOE n.º 24, de
5 de febrero).
El resuelvo undécimo de la Resolución de 3 de diciembre de 2020, de la Secretaría General,
establece en su apartado 1 que: “La financiación por parte de la Presidencia de la Junta de
Extremadura de estas ayudas tendrá un importe total de noventa mil euros (90.000,00 €) que
se imputará con cargo a la posición presupuestaria 02004/253C/48900, y Proyecto 20160008
“Ayudas a retornados y sus familias” para la anualidad 2021”.
Asimismo, se establece en su apartado 2, segundo párrafo que: “No obstante, en los supuestos en que se produzca el agotamiento del crédito consignado en esta convocatoria y no se
efectúen las modificaciones correspondientes, se declarará terminado el plazo de vigencia de
la misma por resolución del Secretario General de la Presidencia, que será publicada en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión
de las solicitudes posteriormente presentada”.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta, por un lado, que del importe total convocado para 2021
resta un crédito de 1.350,00€ siendo el importe mínimo por ayuda concedida de 1.500€, y,
por otro lado, que no están previstas modificaciones de crédito para su ampliación, procede
declarar el agotamiento del crédito asignado para la presente convocatoria.
Por todo lo anterior y conforme al resuelvo undécimo de la Resolución de 3 de diciembre de
2020, por la que se convocan ayudas del Programa I para facilitar el retorno a Extremadura de
las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio 2021, esta Secretaría
General, en ejercicio de las competencias, declara finalizada la vigencia de la convocatoria