Consejería De Educación Y Empleo. Personal Docente No Universitario. Listas Definitivas. (2021061754)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se elevan a definitivas las listas provisionales de admitidos y excluidos en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nueva especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas.
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NÚMERO 110

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Jueves, 10 de junio de 2021

En su virtud esta Dirección General de Personal Docente ha resuelto:
Primero. Elevar a definitivas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos publicadas en el Diario Oficial de Extremadura número 90, de 13 de mayo, por Resolución de 10
de mayo de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, con inclusión en las mismas
de los aspirantes provisionalmente excluidos que han subsanado en tiempo y forma los errores u omisiones indicados en las respectivas causas de exclusión.
Segundo. Ordenar la exposición de las citadas listas definitivas en las Delegaciones Provinciales
de Educación de la Consejería de Educación y Empleo, así como en la siguiente dirección de
Internet http://profex.educarex.es, a partir del día de publicación de la presente resolución.
Tercero. El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se reconozca a los
interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento selectivo que se convoca mediante la presente resolución, por lo que si del examen de la documentación, que de
acuerdo con la base XVI de la convocatoria debe presentarse en el caso de ser seleccionado,
se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán de
todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán
interponer ante el mismo órgano que la dicta, recurso potestativo de reposición en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 7 de junio de 2021.
La Directora General de Personal
Docente,
ANA MARTÍN MARTÍN

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