Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061723)
Resolución de 3 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Barcarrota en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 110
Jueves, 10 de junio de 2021

28716

De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, aporta a la financiación del presente convenio la cantidad de treinta y cuatro mil cuatro euros
con noventa y un céntimos (34.004,91 €), correspondiente al 99% de la financiación del
mismo, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año el 2021, en la posición presupuestaria 110030000/G/252B/46000/
CAG0000001/20160094 “Servicios Sociales de Atención Social Básica", con fuente de
financiación Comunidad Autónoma.
2. E
 l Ayuntamiento aporta a la financiación del presente convenio la cantidad de trescientos cuarenta y tres euros con cuarenta y ocho céntimos (343,48 €), con cargo al Presupuesto Municipal para el año 2021. Dicha cantidad corresponde a la diferencia hasta
alcanzar el 100% de la financiación del convenio.
Cuarta. Pago y justificación.
1. El pago correspondiente a la aportación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
se realizará al Ayuntamiento conforme se dispone en el Decreto 105/2005, de 12 de abril,
por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, de acuerdo a lo siguiente:
— Un primer abono, correspondiente al 50 % de la cantidad aportada por la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales, una vez formalizado el presente convenio.
— Un segundo abono, correspondiente al 25 % de la cantidad aportada por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, previa justificación por el Ayuntamiento de gastos y pagos correspondientes a cantidad igual o superior al 25% de la financiación del convenio.
— Un tercer y último abono, correspondiente al 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, previa justificación por el Ayuntamiento de
gastos y pagos correspondientes a cantidad igual o superior al 50% de la financiación
del convenio, y que deberá presentarse hasta el 3 de noviembre de 2021, inclusive.
El Ayuntamiento está exento de la obligación de constituir garantía por los citados pagos
anticipados conforme dispone la disposición adicional cuarta letra b) de la Ley 5/2007, de
19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
2. L
 os gastos y pagos realizados por el Ayuntamiento en la prestación del servicio social se
justificará mediante la presentación de certificación expedida por la persona titular de
la secretaría-intervención o intervención del Ayuntamiento con indicación expresa de los
gastos y pagos realizados en concepto de personal y de funcionamiento de la prestación,