Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Expropiaciones. Citación. (2021061649)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se cita para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, en expediente de expropiación forzosa de terrenos para la obra: "Colectores y Edar en Castañar de Ibor".
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Jueves, 10 de junio de 2021

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se
cita para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, en expediente
de expropiación forzosa de terrenos para la obra: "Colectores y Edar en
Castañar de Ibor". (2021061649)
Declarada urgente la ocupación de los bienes afectados por las obras de: “Colectores y Edar
en Castañar de Ibor”, por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de mayo de 2021, ha
de procederse a la expropiación de terrenos por el procedimiento previsto en el artículo 52 de
la vigente Ley de Expropiación Forzosa.
En consecuencia esta Consejería ha resuelto convocar a los propietarios de los terrenos titulares de derecho que figuran en la relación que a continuación se expresa, los días y horas
que se señalan.
A dicho fin deberán asistir los interesados personalmente o bien representados por personas
debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, sin cuya presentación no se les tendrá por parte, el último recibo del I.B.I
o certificación registral, pudiéndose acompañar, y a su costa, si así les conviene, de perito o
notario.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, los
interesados, así como los que siendo titulares de derechos o intereses económicos directos
sobre los bienes afectados que se hayan podido omitir, o se crean omitidos en la relación
antes aludida, podrán formular ante esta Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda en
Mérida, Av. de las Comunidades, s/n, por escrito, hasta el día señalado para el levantamiento
de las actas previas a la ocupación, las alegaciones que consideren oportunas, a los efectos
de subsanar posibles errores que involuntariamente hayan podido tener lugar al relacionar los
bienes y derechos afectados.
Mérida, 26 de mayo de 2021.
La Consejera para la Transición
Ecológica y Sostenibilidad,
P.D. Resolución de 2 de marzo de 2020
(DOE núm. 48, de 10 de marzo).
La Secretaria General de la Consejería
de Movilidad, Transporte y Vivienda,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ

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