Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2021061747)
Extracto de la Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a artistas visuales para el año 2021.
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NÚMERO 110
Jueves, 10 de junio de 2021

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EXTRACTO de la Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Secretaría General,
por la que se convocan las ayudas a artistas visuales para el año 2021.
(2021061747)

BDNS(Identif.): 568374
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria las personas físicas
que, vinculadas a Extremadura, desarrollen su trabajo en el campo de la creación artística
contemporánea, dentro de las actividades señaladas en el apartado segundo de este extracto.
Segundo. Objeto.
Esta resolución tiene por objeto convocar para el ejercicio 2021 la concesión de ayudas a artistas visuales para apoyar, fomentar y promocionar la creatividad artística en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en el campo de la creación contemporánea, dentro del ámbito de
las artes visuales, contribuyendo así al desarrollo económico, social y cultural de la región. El
procedimiento de concesión de estas ayudas, en previsión de lo establecido en el mencionado
Decreto 32/2017, de 28 de marzo, por el que se establece el régimen de ayudas a artistas
visuales, se efectúa bajo el régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica. Son artistas visuales aquellas personas físicas que desarrollan trabajos artísticos en
las disciplinas plásticas tradicionales, en las nuevas formas de expresión plástica y en aquellas
otras relacionadas con las nuevas tecnologías y nuevos medios. Las actividades subvencionables podrán ser individuales o realizadas de forma colectiva, con la participación de varios
artistas, y deberán ser inéditas y desarrollarse en el campo de las artes visuales, entendiendo
como tales: pintura, escultura, instalación, dibujo, grabado, fotografía, procedimientos mixtos, arte digital, arte sonoro, videoarte, performance, arte de acción o cualquier otra modalidad de lenguaje visual. No serán objeto de esta convocatoria los proyectos de producción y
desarrollo de largometrajes, mediometrajes y cortometrajes.
Tercero. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 32/2017, de 28 de marzo de
2017, por el que se establece el régimen de ayudas a artistas visuales, y en la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa de desarrollo.