Consejería De Educación Y Empleo. Formación Del Profesorado. Ayudas. (2021061517)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la participación en actividades de formación del profesorado.
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NÚMERO 109
Miércoles, 9 de junio de 2021

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Empleo. Esta competencia para convocar subvenciones ha sido delegada en la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019,
publicada en el DOE núm. 223, de 19 de noviembre.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y finalidad.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de concesión de ayudas con el fin de
atender a los gastos ocasionados por la matriculación y/o adquisición de material didáctico
con ocasión de la participación del profesorado beneficiario en actividades de formación permanente de interés educativo.
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en el Decreto 192/2012, de 21 de septiembre, (DOE n.º 188, de 27 de septiembre), por el que se establecen las bases reguladoras de
la concesión de ayudas para la participación en actividades de formación del profesorado, y se
aprueba la convocatoria de las mismas para 2012, modificado por Decreto 253/2014, de 18
de noviembre, (DOE n.º 226, de 24 de noviembre), y lo establecido en la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente
de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del Estado.
Tercero. Procedimiento de concesión.
1. Estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica.
2. El número y cuantía de las ayudas vendrá determinado por el número de solicitudes seleccionadas y por la disponibilidad presupuestaria de cada una de las modalidades establecidas en el resuelvo cuarto de la presente convocatoria. En el caso de que la suma de las
cantidades solicitadas por los docentes seleccionados sea igual o inferior al crédito de la
convocatoria, la cuantía de la subvención coincidirá con la cantidad solicitada. En otro caso,
se aplicará a la cantidad solicitada la proporción resultante de dividir el crédito máximo de
la convocatoria entre la suma de las cantidades solicitadas por los docentes seleccionados,
multiplicándola por las cantidades solicitadas por cada uno de ellos.