Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061682)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 25 de las Normas Subsidiarias de Trujillo. Expte.: IA19/1867.
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NÚMERO 108
Martes, 8 de junio de 2021

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3. Análisis según los criterios del Anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez estudiada la documentación que obra en el expediente administrativo, y considerando las respuestas recibidas a las consultas realizadas, se lleva a cabo el análisis que a
continuación se describe, según los criterios recogidos en el anexo VIII de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los
efectos de determinar si la modificación puntual n.º 25 de las Normas Subsidiarias de Trujillo, tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y, por tanto, si resulta necesario
su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria regulado
en la subsección 1ª, de la sección 1ª del capítulo VII del título I de dicha ley.
3.1. Características de la modificación puntual.
La modificación puntual n.º 25 de las Normas Subsidiarias de Trujillo tiene por objeto la
modificación de las condiciones de ordenación del uso “Ganadería Intensiva” en Suelo No
Urbanizable Inadecuado para el Desarrollo Urbano, Suelo No Urbanizable Protegido de
Interés Agrícola y Suelo No Urbanizable Especialmente Protegido de Usos Tradicionales.
Asimismo, también tiene por objeto la modificación de las condiciones de ordenación del
uso “Vivienda Unifamiliar” en Suelo No Urbanizable Inadecuado para el Desarrollo Urbano.
La modificación puntual afecta a terrenos incluidos en los siguientes espacios Red Natura
2000, ZEPA “Riberos del Almonte”, ZEPA “Magasca”, ZEPA Llanos de Trujillo” y ZEC “Río
Almonte”.
3.2. Características de los efectos y del área probablemente afectada
La modificación puntual afecta a terrenos incluidos en los espacios Red Natura 2000, ZEPA
“Riberos del Almonte”, ZEPA “Magasca”, ZEPA Llanos de Trujillo” y ZEC “Río Almonte”. Según la zonificación establecida en sus Planes de Gestión, (Anexo V del Decreto 110/2015,
de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura), la Modificación Puntual se encuentra en:


— ZEPA “Riberos del Almonte” y ZEC “Río Almonte”. Zona de Interés Prioritario 1 “Riveros”, Zona de Interés Prioritario 2 “Confluencia de los ríos Tamuja y Magasca”, Zona
de Interés Prioritario 3 “Confluencia arroyo Golondrina-río Tamuja”, Zona de Interés
Prioritario 4 “Ambientes acuáticos mediterráneos”, Zona de Alto Interés 1” Cursos
fluviales”, Zona de Alto Interés 3 “Formaciones forestales mediterráneas” y Zona de
Alto Interés 05 “Entornos forestales”.