Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Consumo. Premios. (2021061668)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se anula la convocatoria de participación en la fase autonómica del concurso escolar sobre consumo responsable para el curso escolar 2019-2020 Consumopolis15 "Tus actos de consumo pueden cambiar el mundo ¿cómo lo harías tú?", en la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobada mediante Resolución de 13 de diciembre de 2019.
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NÚMERO 107

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Lunes, 7 de junio de 2021

Ante la anulación de la fase nacional, y valoradas todas las circunstancias sobrevenidas, las
condiciones y las características del concurso se consideró oportuno la anulación de la fase
autonómica del concurso escolar Consumópolis 15 en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta decisión fue comunicada a los centros educativos participantes y publicada en la web
del Instituto de Consumo de Extremadura.
Por lo anteriormente expuesto, en virtud de la competencia que me atribuye el artículo
23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura,
RESUELVO
Anular la Convocatoria de participación en la fase autonómica del concurso escolar sobre consumo responsable para el curso escolar 2019-2020 Consumopolis15 “Tus actos de consumo
pueden cambiar el mundo ¿Cómo lo harías tú?”, en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
aprobada mediante Resolución de 13 de diciembre de 2019 de la Secretaria General de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º
6 de 10 de enero de 2020.
Esta resolución producirá efectos desde la publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución de convocatoria los interesados podrán interponer recurso de
alzada ante el Consejero de Sanidad y Servicios Sociales en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de la publicación del presente acto en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 21 de mayo de 2021.
La Secretaria General de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales,
AURORA VENEGAS MARÍN

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