Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061660)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la oficina para la innovación, en el ámbito de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2022.
54 páginas totales
Página
NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021

27779

Tercera. Obligaciones de pago y justificación.
1. E
 sta transferencia específica tendrá una duración de 2 años y los pagos de la misma se
harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1
de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo
3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de
fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.
No obstante lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos correspondientes:
• El pago se realizará trimestralmente, por cuartas partes del credito presupuestario correspondiente.
• Si a la firma del presente convenio hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad podrán acumularse para su abono, las cuantías que correspondan a los trimestres
en curso.
• Los sucesivos abonos, estarán supeditados a la justificación de un equivalente del 25%
de la anualidad.
• Para proceder al abono de las cantidades correspondientes a una nueva anualidad, deberá haberse justificado previamente el 100% de la anualidad anterior.
2. L
 a justificación final, de todas las actividades realizadas durante toda la vigencia del convenio se podrá presentar hasta el 31 de marzo de 2023 inclusive, conforme las indicaciones
contenidas en el anexo II del presente convenio.
3. No obstante, y previo informe favorable de la comisión, FUNDECYT-PCTEX, mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado,
al último pago del 25% de cada anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de la
fundación.
4. P
 ara el pago y la justificación se tendrá en cuenta que esta transferencia está incluida dentro del régimen de exención de categorías, según lo establecido en el capitulo III, sección
4, y más concretamente el árticulo 28 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa