Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061660)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la oficina para la innovación, en el ámbito de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021
27816
• Trabajos realizados por otras empresas: En caso de que se contrate un servicio externo, se solicitará fotocopia de las facturas, en cuyo original deberá incluirse que el
concepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y el justificante bancario
que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en
efectivo.En el caso de que el importe del servicio externo supere los 15.000 €, deberán presentarse memoria explicativa del procedimiento de licitación seguido y motivar
su adjudicación.
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique
por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que
dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que
suministrarla al Programa mediante incorporación de un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad
tanto de la Junta de Extremadura como de la Comisión Europea.
En materia de información y publicidad se deberá cumplir con los requisitos establecidos en
esta materia por el Reglamento UE 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17
de diciembre de 2013 y su anexo XII, sobre las actividades de información y publicidad que
deben llevar a cabo los Estados Miembros en relación con las intervenciones de los fondos
EIE y en el Manual de Identidad Gráfica de los Fondos Europeos de Extremadura 2014-2020.
Al existir financiación con cargo a fondos comunitarios, cuando se realicen actividades de
Información y Comunicación, se deberá utilizar el Emblema de la Unión Europea, de acuerdo
con los requisitos establecidos en esta materia por el Reglamento UE 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y su anexo XII, sobre las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en relación
con las intervenciones de los fondos EIE y en el Manual de Identidad Gráfica de los Fondos
Europeos de Extremadura 2014-2020.
Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril,
sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Finalmente, FUNDECYT-PCTEX informará a todas las partes implicadas en la ejecución del proyecto del origen de la financiación del Programa, dejando evidencia documental al respecto.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Viernes, 4 de junio de 2021
27816
• Trabajos realizados por otras empresas: En caso de que se contrate un servicio externo, se solicitará fotocopia de las facturas, en cuyo original deberá incluirse que el
concepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y el justificante bancario
que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en
efectivo.En el caso de que el importe del servicio externo supere los 15.000 €, deberán presentarse memoria explicativa del procedimiento de licitación seguido y motivar
su adjudicación.
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique
por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que
dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que
suministrarla al Programa mediante incorporación de un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad
tanto de la Junta de Extremadura como de la Comisión Europea.
En materia de información y publicidad se deberá cumplir con los requisitos establecidos en
esta materia por el Reglamento UE 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17
de diciembre de 2013 y su anexo XII, sobre las actividades de información y publicidad que
deben llevar a cabo los Estados Miembros en relación con las intervenciones de los fondos
EIE y en el Manual de Identidad Gráfica de los Fondos Europeos de Extremadura 2014-2020.
Al existir financiación con cargo a fondos comunitarios, cuando se realicen actividades de
Información y Comunicación, se deberá utilizar el Emblema de la Unión Europea, de acuerdo
con los requisitos establecidos en esta materia por el Reglamento UE 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y su anexo XII, sobre las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en relación
con las intervenciones de los fondos EIE y en el Manual de Identidad Gráfica de los Fondos
Europeos de Extremadura 2014-2020.
Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril,
sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Finalmente, FUNDECYT-PCTEX informará a todas las partes implicadas en la ejecución del proyecto del origen de la financiación del Programa, dejando evidencia documental al respecto.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa