Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061660)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la oficina para la innovación, en el ámbito de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2022.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021
27813
La memoria técnica final podrá presentarse hasta el 31 de marzo de 2023.
Dichas memorias deberán contener la información sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad de esta actuación:
C026: Número de empresas que cooperan con Centros de Investigación
Formas de pagos
Los pagos se realizarán de una de las formas que se indican a continuación:
• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
• C
heque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.
• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento
de gasto.
• P
ago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, acreditado por la autoridad bancaria, de acuerdo con lo que dispone el Real
Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. El importe reflejado en el documento bancario deberá
coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
•P
ara documentos de gasto con importe inferior a 400 € y siempre que estén referidos
a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc.) ha sido
efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe
del documento de gasto (pago agrupado), deberán desglosar los pagos efectuados donde
pueda identificarse el gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el
banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago
agrupado).
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Viernes, 4 de junio de 2021
27813
La memoria técnica final podrá presentarse hasta el 31 de marzo de 2023.
Dichas memorias deberán contener la información sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad de esta actuación:
C026: Número de empresas que cooperan con Centros de Investigación
Formas de pagos
Los pagos se realizarán de una de las formas que se indican a continuación:
• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
• C
heque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.
• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento
de gasto.
• P
ago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, acreditado por la autoridad bancaria, de acuerdo con lo que dispone el Real
Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. El importe reflejado en el documento bancario deberá
coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
•P
ara documentos de gasto con importe inferior a 400 € y siempre que estén referidos
a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc.) ha sido
efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe
del documento de gasto (pago agrupado), deberán desglosar los pagos efectuados donde
pueda identificarse el gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el
banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago
agrupado).
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa