Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061660)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para financiar la oficina para la innovación, en el ámbito de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital para el periodo 2021-2022.
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NÚMERO 106
27810
Viernes, 4 de junio de 2021
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, de cada anualidad desde el 2021 hasta el 2022
ambos incluidos.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser
objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo, asimismo,
preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa,
la memoria de actividades, las actuaciones, eventos o congresos, los recursos humanos y
materiales, cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el
cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad, tanto de la Junta
de Extremadura como de la Comisión Europea, a tal efecto se establecen las presentes instrucciones de pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento
para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
FUNDECYT-PCTEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para
esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente
convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
Los gastos derivados de esta transferencia específica no superarán los límites establecidos en
el artículo 28 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por
el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Asimismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de esta Consejería, de
los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de
las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación en los términos del artículo
140 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
27810
Viernes, 4 de junio de 2021
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, de cada anualidad desde el 2021 hasta el 2022
ambos incluidos.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser
objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo, asimismo,
preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa,
la memoria de actividades, las actuaciones, eventos o congresos, los recursos humanos y
materiales, cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el
cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad, tanto de la Junta
de Extremadura como de la Comisión Europea, a tal efecto se establecen las presentes instrucciones de pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento
para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
FUNDECYT-PCTEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para
esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente
convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
Los gastos derivados de esta transferencia específica no superarán los límites establecidos en
el artículo 28 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por
el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Asimismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de esta Consejería, de
los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea durante un plazo de tres años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de
las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación en los términos del artículo
140 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa