Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Cooperación Empresarial. Ayudas. (2021061631)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se modifica la composición de la Comisión de Valoración establecida en la Resolución de 19 de octubre de 2020, por la que se realiza la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la cooperación empresarial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la anualidad 2020.
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NÚMERO 106

27849

Viernes, 4 de junio de 2021

FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para dictar la presente Resolución corresponde al Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, de acuerdo con el apartado 1 del
artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Segundo. Ante la actual imposibilidad de que la persona que ostenta la Jefatura de Sección
de Innovación Empresarial de la Dirección General de Empresa pueda acudir a las reuniones
de la Comisión de Valoración, y con el fin de no dilatar la tramitación de los expedientes, se
considera procedente modificar la composición de dicha Comisión, de manera que pase a formar parte de la misma un Técnico funcionario de la Dirección General de Empresa, en lugar
de la persona que ostenta la Jefatura de Sección de Innovación Empresarial.
Por lo tanto, en virtud de todo lo anterior,
RESUELVO:
Modificar la composición de la Comisión de Valoración que debe evaluar los expedientes de
solicitud de subvención que se han presentado al amparo de la Convocatoria aprobada mediante Resolución de 19 de octubre de 2020 (DOE núm. 211, de 30 de octubre), con el objeto
de adaptar su composición a las circunstancias sobrevenidas a causa de vacante en la Jefatura
de Sección de Innovación Empresarial de la Dirección General de Empresa .
En consecuencia la composición de la Comisión de Valoración queda conformada de la siguiente forma:
— La persona que ostenta la Jefatura del Servicio de Promoción Empresarial de la Dirección General de Empresa desempeñará las funciones de Presidencia de la Comisión de
Valoración.
— Un Técnico funcionario de la Dirección General de Empresa desempeñará las funciones
de Secretaría de la Comisión de Valoración.
— Un Técnico funcionario perteneciente al Servicio de Promoción Empresarial de la Dirección General de Empresa realizará las funciones de vocal.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de
la presente resolución, ante el Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital en virtud de
lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimien-