Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. Adjudicación De Destinos. (2021061657)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se hacen públicas las adjudicaciones definitivas en el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en las Categorías de Cocinero/a, Electricista, Lavandero/a y Telefonista, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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Viernes, 4 de junio de 2021

El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día del
cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; diez días hábiles, si cambia de Área de
Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino. A estos efectos, se
entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea
en condición de destino definitivo, adscripción, destino provisional o comisión de servicio, si
bien los plazos anteriormente citados no serán de aplicación en el caso de obtener plaza en la
misma institución o localidad donde se presta servicios.
En el caso de que la adjudicación de plaza suponga reingreso al servicio activo, el plazo de
toma de posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la resolución
definitiva.
Excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de
toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.
Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declarado en
dicha situación por el Servicio de Salud en que prestaba servicios, quien no se incorpore al
destino obtenido dentro de los plazos establecidos.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán
interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 102 y 107 de la ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo,
según lo dispuesto en los artículos 8, 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa.
Mérida, 25 de mayo de 2021.
El Director Gerente,
CECILIANO FRANCO RUBIO