Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Archivos. Patrimonio Documental. (2021061599)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Consejera, por la que se autoriza y da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos de la Junta de Extremadura.
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Viernes, 4 de junio de 2021

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2021, de la Consejera, por la que se autoriza
y da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de
Documentos de la Junta de Extremadura. (2021061599)
La Ley 2/2007, de 12 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de Extremadura (DOE
núm. 48, de 26 de abril), en su artículo 44 crea la Comisión de Valoración de Documentos de
la Junta de Extremadura, responsable de establecer los criterios de transferencia, acceso y
conservación o eliminación de las series documentales generadas por la Junta de Extremadura, debiendo ser regulada reglamentariamente su organización y funcionamiento.
Por su parte, en virtud del Decreto 38/2012, de 16 de marzo, se constituye el Archivo Central y se regula la Comisión de Valoración de Documentos de la Junta de Extremadura (DOE
núm. 57, de 22 de marzo), atribuyendo a ésta última las funciones de valoración individual de
cada serie documental, establecimiento de los plazos y criterios de transferencia de la documentación, la determinación de los criterios para llevar a cabo la selección o expurgo de los
documentos, la delimitación de la forma de acceso por parte de los ciudadanos a la consulta
de los documentos y la recepción de las propuestas de eliminación.
Por todo lo expuesto, a propuesta de la Comisión de Valoración de Documentos de la Junta de
Extremadura, y en uso de las competencias atribuidas en el capítulo XI del Decreto 87/2019,
de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Autorizar y dar publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos de la Junta de Extremadura, en su reunión de 9 de marzo de 2021, recogidos en el
anexo adjunto a esta resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o en su caso,
interponer directamente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su
notificación, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso
que estime procedente.
Mérida, 25 de mayo de 2021.
La Consejera,
NURIA FLORES REDONDO