Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021061675)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Federación de Asociaciones de Mujeres Rurales, FADEMUR Extremadura, para la realización del proyecto "sembrando conciencias, recogemos igualdad" para la prevención, formación, información y concienciación en el medio rural sobre la violencia de género en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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Viernes, 4 de junio de 2021

atribuyendo a la misma la planificación y desarrollo de las políticas de igualdad, promoviendo medidas sustentadas en la transversalidad de las políticas públicas, dirigidas a prevenir
y combatir la discriminación entre mujeres y hombres, así como el desarrollo de medidas y
acciones dirigidas a erradicar la violencia de género,
RESUELVO
Primero. Objeto.
Es objeto de esta propuesta, la concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa,
a favor de la entidad FADEMUR Extremadura, con CIF G06523765, para la realización del
Proyecto “Sembrando Conciencia, recogemos igualdad”, durante el 2021. Este proyecto se
enmarca dentro del Pacto de Estado contra la violencia de género, en concreto, desarrollando
medidas contempladas en los Ejes 2 y 5.
Segundo. Régimen jurídico.
El régimen jurídico aplicable a las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura será, en el marco de la legislación básica del Estado,
la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la
Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 1/2021, de
3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
año 2021 y por las disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las
restantes normas de derecho administrativo que por razón de la materia le sea de aplicación.
Tercero. Proyecto.
La ejecución de las actividades objeto de la subvención, se ajustarán al contenido del
proyecto presentado, que la entidad aporta y que consta en el expediente administrativo
correspondiente.
Toda modificación que se pretenda llevar a cabo en dicho proyecto, deberá ser comunicada
previamente a la Consejería de Igualdad y Portavocía, para su autorización por escrito, si procede. Sin dicha autorización, no podrán llevarse a cabo las modificaciones propuestas.
Cuarto. Medios a emplear.
La entidad beneficiaria podrá contratar, con cargo al presente proyecto, conforme a la legislación vigente y con carácter temporal, personal (especializado, colaborador, administrativo,
becario, etc.) para adscribirlo al cumplimiento de las tareas comprometidas, y que se desarrollarán con arreglo al propio plan de trabajo y con empleo de los medios que a él se adscriban,
ateniéndose a las normas generales de funcionamiento interno que al efecto se estipulen.