Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021061675)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Federación de Asociaciones de Mujeres Rurales, FADEMUR Extremadura, para la realización del proyecto "sembrando conciencias, recogemos igualdad" para la prevención, formación, información y concienciación en el medio rural sobre la violencia de género en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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Viernes, 4 de junio de 2021

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Ministros de 12 de mayo de 2020, por el que se formalizan los criterios de distribución y la
distribución resultante para el ejercicio 2020, del crédito de 100.000.000 de euros para el
desarrollo por las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía del Pacto
de Estado contra la violencia de género.
Tercero. La Consejería de Igualdad y Portavocía de la Junta de Extremadura, como órgano
superior competente en materia de igualdad, tiene especial interés en reforzar y ampliar las
acciones de sensibilización y prevención de la violencia de género que ya se vienen desarrollando en toda la Comunidad Autónoma.
A este respecto, el artículo 22.4 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que podrán concederse de forma directa,
sin convocatoria previa y con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se
acredite razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública.
En consecuencia con ello, el artículo 32.1,a) de esta ley considera que será supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a
subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines
de lucro.
A su vez, el artículo 32.2 del mismo texto legal determina que la concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican
su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente de la consejería.
En cuanto a la acreditación de éstos requisitos, tras analizar el contexto de la situación de
vulnerabilidad que afecta a las mujeres de la población rural nos encontramos que todas las
medidas y propuestas recogidas tanto en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género
como en el V Plan Estratégico para la Igualdad entre Mujeres y Hombres de Extremadura podrán alcanzar su máximo efecto si se considera que la exclusión social, la falta de formación e
información, la dificultad para acceder a los recursos público y/o la falta de empleo digno, son
factores de riesgo para la mujeres del ámbito rural, volviéndose éstas más vulnerables ante
posibles casos de violencia de género.
Para poder revertir estas situaciones de vulneración de los derechos más fundamentales de
las mujeres del ámbito rural, más vulnerables ante la violencia de género por su especial
incidencia, el primer objetivo pasar por incrementar la sensibilización, la información y la
protección de estas mujeres.