Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2021061602)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las pruebas de silvestrismo de la Federación Extremeña de Caza, se ordena su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021

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Artículo 15º. Inscripciones y requisitos de los participantes.
1. La organización exigirá a los participantes la presentación de la tarjeta federativa en vigor,
y en su caso, vinculada a una sociedad silvestrista en el momento de la inscripción de los
pájaros.
2. Los pájaros estarán debidamente anillados con la anilla de la Federación Autonómica de
Caza que corresponda. Requisito sin el cual no se podrá participar en ningún concurso de
los recogidos en el presente Reglamento.
3. No podrá participar en ningún concurso de los mencionados en el presente Reglamento, el
aficionado que se encuentre bajo expediente disciplinario.
4. L
 a inscripción quedará cerrada 10 minutos antes de la competición en todos los casos.
5. El importe de la matrícula o inscripción, será dado a conocer en los programas publicados
de cada prueba. El pago deberá realizarse por el participante en el momento de la inscripción.
6. Todo participante si lo desea, podrá concursar con más de un pájaro. Previo pago de la
inscripción correspondiente.
7. A cada pájaro participante, le será asignado un número que obligatoriamente llevará en
la jaula en lugar visible durante el transcurso de la competición, para ser identificado en
cualquier momento tanto por la organización como por el público.
8. T
 odos los pájaros deberán concursar con tablillas o tapacelos para no verse entre ellos.
9. Todos los participantes están obligados a acatar sin replica las advertencias que les formule
el Juez de Mesa.
10. A los señores que tomen parte en cualquier prueba, se les considerará enterados del
presente Reglamento, por lo que su ignorancia o desconocimiento no les eximirá de la
obligación de cumplir sus disposiciones, ni de las sanciones a que hubiera lugar por las
infracciones que cometan al mismo.
Artículo 16º. Protocolo de anillamiento.
De acuerdo con el punto dos del artículo quince, los pájaros participantes deberán estar
debidamente anillados con la anilla de la Federación Autonómica de Caza que corresponda.
Requisito sin el cual no se podrá participar en ningún concurso de los recogidos en el presente
Reglamento.