Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2021061602)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las pruebas de silvestrismo de la Federación Extremeña de Caza, se ordena su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 106
Viernes, 4 de junio de 2021

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Deportes,
por la que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las pruebas de
silvestrismo de la Federación Extremeña de Caza, se ordena su inscripción en
el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura. (2021061602)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero: Con fecha de 30 de marzo de 2021 D. José María Gallardo Gil, en representación
de la Federación Extremeña de Caza, presentó solicitud ante la Dirección General de Deportes
para la aprobación del Reglamento por el que se regulan las pruebas de Silvestrismo de dicha
Federación, aprobado en su Asamblea General Extraordinaria de 27 de marzo de 2021, su
inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura, y publicación del
mismo en el Diario Oficial de Extremadura.
A su escrito, adjunta Certificado del Secretario General de la Federación acreditando que el
mencionado Reglamento fue aprobado en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 27
de marzo de 2021. En el Acta de dicha Asamblea queda constancia, en su punto tercero, de la
aprobación del Reglamento de Silvestrismo de la Federación Extremeña de Caza.
Segundo: Se ha constatado el cumplimiento de todos los requisitos que, para la aprobación
del Reglamento, inscripción en el Registro y posterior publicación en el Diario Oficial de Extremadura, exigen la Ley 2/1995, de 6 de abril y sus disposiciones de desarrollo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero: El artículo 7.g) de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, atribuye a la Consejería de Educación y Juventud (actualmente Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes) la competencia de “Declarar el reconocimiento o la extinción de las Federaciones
Deportivas de ámbito extremeño y aprobar sus Estatutos, reglamentos y métodos de elaboración de presupuestos y control de su ejecución.”
Segundo: El artículo 12.1 del Decreto 27/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las
Federaciones Deportivas Extremeñas atribuye al Director General de Deportes la aprobación
mediante resolución motivada de las normas reglamentarias y estatutarias y la posterior autorización de la inscripción de las Federaciones Deportivas en el citado Registro.
Tercero: El artículo 26.3 de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura dispone
la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial de Extremadura los estatutos y reglamentos
de las Federaciones Deportivas Extremeñas, así como sus modificaciones.