Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Dehesas. Subvenciones. (2020062398)
Resolución de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de titularidad privada de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 105
27491
Jueves, 3 de junio de 2021
Vigésimo séptimo. Eficacia y recursos.
La presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, y la del extracto, a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, según lo dispuesto en
el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, ante la
persona titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio o ante
el órgano que dicta esta resolución, en los términos recogidos en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de cualquier otro
recurso que estime conveniente.
Mérida, 9 de noviembre de 2020.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ
27491
Jueves, 3 de junio de 2021
Vigésimo séptimo. Eficacia y recursos.
La presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, y la del extracto, a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, según lo dispuesto en
el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, ante la
persona titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio o ante
el órgano que dicta esta resolución, en los términos recogidos en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de cualquier otro
recurso que estime conveniente.
Mérida, 9 de noviembre de 2020.
La Secretaria General,
MARÍA CURIEL MUÑOZ