Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061604)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de modificación del Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y la Asociación ASINDI Plena Inclusión (Asociación para la Plena Inclusión de las Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo).
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Jueves, 3 de junio de 2021

ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE
PROGRAMAS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL
SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y
LA ASOCIACIÓN ASINDI PLENA INCLUSIÓN (ASOCIACIÓN PARA LA PLENA
INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL O DEL
DESARROLLO).
Mérida, 18 de mayo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Asociación ASINDI Plena Inclusión (Asociación para la Plena Inclusión de
las Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo) con CIF G10051530 y domicilio en
Avda. de Igualada, s/n código postal 10980 Alcántara, de Cáceres, con teléfono de contacto
y correo electrónico info@asindi.org y Don Pedro Jesús Santano Borrega, como presidente y
representante legal de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue con fecha 25 de marzo de 2021 se ha firmado el convenio para el desarrollo de programas formativos de formación profesional dual en el sistema educativo entre la Consejería
de Educación y Empleo y la Asociación ASINDI Plena Inclusión (Asociación para la Plena
Inclusión de las Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo), publicado en el
DOE número 68, de 13 de abril de 2021 y según establece la cláusula PRIMERA limita las
actividades formativas a un máximo de 2 estudiantes.
2. Que la Asociación para la Plena Inclusión de las Personas con Discapacidad Intelectual
o del Desarrollo tiene la necesidad de aumentar el número de estudiantes que acoge en
sus instalaciones para formarlos en aspectos relativos a la Producción Agroecológica, todo
ello como consecuencia de la nueva situación derivada de las actividades que realiza esta
Asociación.
3. Q
 ue el artículo 49 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público establece que a falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.