Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021061633)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Empleo, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas para el fomento de la contratación en prácticas y su transformación en contratación indefinida de personas jóvenes con titulación en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el ejercicio 2020.
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Jueves, 3 de junio de 2021

dentro de la medida 8.2.4.2 “Ayudas al empleo para la contratación de jóvenes con un período
mínimo de permanencia”, con un porcentaje de cofinanciación del 91,89%.
En aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura una vez resueltas y notificadas individualmente las resoluciones de concesión de subvenciones a los beneficiarios y cuando los importes concedidos, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a 3.000,00
euros, el órgano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura las subvenciones
concedidas, con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
A tenor de lo establecido en el artículo 17.2 c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no serán objeto de publicación las
subvenciones de cuantía inferior a 3.000 euros.
En cumplimiento de este mandato, y en ejercicio de la competencia delegada por parte del
titular de la Secretaria General de Empleo mediante Resolución de 29 de noviembre de 2019
(DOE núm. 240, de 16 de diciembre de 2019)
ACUERDO
Primero. Dar publicidad a las ayudas concedidas durante el ejercicio 2020, para el fomento
de la contratación en prácticas y su transformación en contratación indefinida de personas
jóvenes con titulación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, desagregando en el
anexo I las ayudas concedidas, con expresión de los datos relativos al beneficiario, expediente
administrativo y la cantidad concedida.
La presente publicación se hace de conformidad con lo establecido por la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, que establece que se identificará al beneficiario mediante
su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional
de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.
Mérida, 25 de mayo de 2021.
El Secretario General de Empleo,
(PD Resolución de 29 de noviembre de
2019, DOE n.º 240 de 16 de diciembre
de 2019)
La Directora General de Calidad en el
Empleo,
ANA JIMÉNEZ MOSTAZO