Servicio Extremeño De Salud. Servicios Sociales. Subvenciones. (2021061600)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se da publicidad a la subvención concedida al Ayuntamiento de Plasencia para el mantenimiento del proyecto de rehabilitación de personas con enfermedad mental grave, durante los meses de abril a diciembre de 2021, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
NÚMERO 105

27604

Jueves, 3 de junio de 2021

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se
da publicidad a la subvención concedida al Ayuntamiento de Plasencia para
el mantenimiento del proyecto de rehabilitación de personas con enfermedad
mental grave, durante los meses de abril a diciembre de 2021, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma. (2021061600)
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de otorgar subvenciones de manera directa,
sin convocatoria previa, cuando con carácter excepcional, se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su
convocatoria pública. Por su parte el artículo 32.1.a) de la citada ley contempla entre los supuestos excepcionales de concesión directa aquellos que, por razón de la especial naturaleza
de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible
promover la concurrencia pública y siempre que se trate de Entidades Públicas o Entidades
Privadas sin fines de lucro y su cuantía sea inferior a 60.000 euros. La concesión de estas
subvenciones se instrumentará mediante resolución o convenio.
En aplicación de los citados artículos el Servicio Extremeño de Salud ha resuelto conceder
para los últimos nueves meses del año 2021 una subvención al Ayuntamiento de Plasencia
para el mantenimiento y continuidad del “Programa de rehabilitación a personas con enfermedad mental grave”.
Por su parte, el artículo 17 de la citada Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, dispone la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de las subvenciones
concedidas cuando los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000 euros, correspondiendo dar la citada publicidad al órgano administrativo
concedente.
Por todo ello, correspondiendo a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud la
resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones en virtud de las competencias
atribuidas mediante Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud,
RESUELVO:
Dar publicidad al proyecto que se detalla en el anexo adjunto, financiado por el Servicio Extremeño de Salud en aplicación de lo previsto en el artículo 32.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de