Consejería De Educación Y Empleo. Calendario Escolar. (2021061623)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2021/2022.
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Miércoles, 2 de junio de 2021

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RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Educación,
por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2021/2022. (2021061623)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece en su disposición adicional
quinta que el calendario escolar que fijarán las Administraciones educativas comprenderá un
mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias.
Al efecto de la planificación y organización del funcionamiento de los centros docentes dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, se procede a la
publicación de la presente resolución que aprueba el calendario escolar del curso 2021/2022,
previa consulta al Consejo Escolar de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 8/2001, de 14 de junio, por la que se regulan los Consejos Escolares de
Extremadura.
En razón de lo expuesto y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 59 de la
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y de las funciones asignadas por el Decreto 166/2019, de 29 de octubre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y se
modifica el Decreto 26/2019, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, esta Secretaría General de Educación dicta la siguiente,
RESOLUCIÓN:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. A
 probar el calendario escolar para el curso 2021/2022, que será de aplicación en los centros de primer ciclo de Educación Infantil dependientes de la Consejería de Educación y
Empleo y en el resto de centros docentes de niveles no universitarios sostenidos con fondos
públicos y centros privados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con las peculiaridades que en cada caso se señalen.
2. L
 a responsabilidad del cumplimiento de este calendario escolar corresponde a la persona
que ejerza la dirección del centro o al titular del mismo en el caso de centros privados o
concertados.
3. L
 a supervisión y control de su aplicación corresponde a la Inspección de Educación, que
velará por su cumplimiento y adoptará cuantas medidas sean necesarias al efecto.
Segundo. Calendario Escolar para el curso 2021/2022. Primer ciclo de Educación
Infantil.
1. El curso escolar se iniciará el 1 de septiembre de 2021 y finalizará el 31 de agosto de 2022.