Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061547)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Castañar de Ibor.
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Viernes, 28 de mayo de 2021

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RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del
Plan General Municipal de Castañar de Ibor. (2021061547)
La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), regulada en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental y en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene como fin principal la integración de los aspectos
ambientales en la planificación pública desde las primeras fases de elaboración de un plan o
programa, tratando de evitar que las acciones previstas en los mismos puedan causar efectos
adversos en el medio ambiente.
Según lo establecido en el artículo 38 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes y programas, así como sus modificaciones, que se adopten
o aprueben por una Administración pública y cuya elaboración y adopción venga exigida por
una disposición legal o reglamentaria o por acuerdo del Consejo de Gobierno, y que o bien
establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental y se refieran a diversas materias entre las que se encuentran la
ordenación del territorio urbano y rural o del uso del Suelo, o bien requieran una evaluación
por afectar a espacios Red Natura 2000 en los términos previstos en la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Así ocurre en el caso del Plan General Municipal de Castañar de Ibor, cuya evaluación ambiental estratégica por procedimiento ordinario, se ha realizado según lo que establecen los
artículos 39 a 45 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
a) Objeto del Plan General Municipal de Castañar de Ibor.
Castañar de Ibor cuenta actualmente con Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano,
con aprobación definitiva de fecha 4 de noviembre de 1985, y publicación en el BOP, con
fecha de 16 de diciembre de 1985.


Los fines y objetivos del Plan General Municipal de Castañar de Ibor, son:



a) Optar por las soluciones de ordenación que mejor aseguren:



• La compatibilidad del desarrollo urbanístico, mediante la primera transformación del suelo o la reforma, mejora o renovación de la urbanización existente,
con la coherencia y calidad de los espacios urbanos existentes o a crear preferentemente en los entornos de los núcleos existentes con la finalidad de mejorar y completar sus estructuras urbanas.