Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061534)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuyo promotor es Clemasa, CB, en el término municipal de Higuera de Llerena. Expte.: IA19/0378.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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− Conexión adecuada mediante tuberías a las naves y corrales de manejo.
− Contará con talud perimetral que impida desbordamientos y cuneta en su perímetro que evite el acceso de aguas de escorrentía a su interior.
− Instalación de pozos testigo para la detección de roturas o mal funcionamiento
del sistema de impermeabilización, para lo cual se habrá ejecutado una red de
recogida de filtraciones canalizada a estos pozos testigo.
− Cerramiento perimetral que impida el acceso de personas y animales.


S
 e realizará un adecuado mantenimiento de las balsas y de la red de saneamiento.
Las balsas se vaciarán siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad de almacenamiento, momento que se aprovechará para el mantenimiento de esta infraestructura, comprobando que se encuentra en condiciones óptimas, y reparando cualquier
deficiencia de la instalación.



E
 n el caso de que sean detectados productos químicos (desinfectantes), el vertido
final almacenado será entregado a un gestor autorizado por el organismo competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final podrá ser
empleado como fertilizante orgánico. Para facilitar la salida de los animales que pudieran caer accidentalmente en balsas de purines, se instalarán dispositivos que aumenten la rugosidad de la superficie de la lámina impermeabilizadora. Estos dispositivos deberán ser fijos y duraderos en el tiempo (en caso de deterioro ser sustituidos),
y podrán consistir en bandas de PVC rugoso (tipo moqueta), entramados metálicos, o
material reutilizado como cintas transportadoras de goma con rugosidades, etc. Cada
dispositivo será de aproximadamente un metro de ancho y se colocará al menos una
en cada lado



• La explotación dispone de un estercolero, que deberá contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
del estercolero será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos. El
estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en
el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier
deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan
a una balsa de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la construcción de
un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso de pluviales al
cubeto.



• Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.