Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Lista De Espera. (2021050085)
Orden de 25 de mayo de 2021 por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de listas de espera en el Cuerpo Técnico, Especialidad Arquitectura Técnica, personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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Esta prueba será calificada de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener un
mínimo de 5 puntos.
En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal, la normativa vigente al día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
Séptima. Desarrollo y calendario de la prueba.
1. S
 in perjuicio de la obligación de hacer público el lugar, fecha y hora para la celebración del
ejercicio, según dispone la base cuarta se prevé que su realización tenga lugar a partir del
mes de septiembre de 2021.
2. C
 on carácter general, los/as aspirantes serán convocados/as en llamamiento único, siendo
excluidos/as quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados que serán apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección.
No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres y en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad
entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de la prueba en la que tenga que
participar. Para ello las aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de
los cinco días hábiles anteriores o, en todo caso, dentro del plazo de los cinco días hábiles
posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al presidente del Tribunal de
Selección comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo
demuestre; junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.
3. E
 n todo caso, la realización de la prueba pendiente deberá tener lugar antes de la publica­
ción de la lista de aspirantes que por haber superado la prueba selectiva van a formar parte
de la lista de espera.
4. E
 n cualquier momento del desarrollo de la prueba, el Tribunal podrá requerir a los/as aspi­
rantes para que acrediten su identidad.
5. S
 i durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección, o del órgano convocante que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones en
las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano
convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado/a.