Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2021050083)
Orden de 24 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021



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2º El programa no recoge información en todos sus apartados, pero existe claridad,
concreción y coherencia en la información que se recoge: 3 puntos.




3º No procede aplicar ninguno de los dos apartados anteriores: 0 puntos.

b) Diagnóstico social. Máximo 6 puntos, con el siguiente desglose:



1º El programa recoge un diagnóstico social que describe las características del colectivo o colectivos destinatarios y la situación de las necesidades básicas o de
promoción social a las que pretende dar respuesta: 6 puntos.



2º El programa recoge una aproximación diagnóstica del colectivo o colectivos destinatarios y la situación de las necesidades básicas o de promoción social a las que
pretende dar respuesta: 3 puntos.




3º No procede aplicar ninguno de los dos apartados anteriores: 0 puntos.

c) Determinación de los objetivos. Máximo 4 puntos, con el siguiente desglose:



1º Los objetivos generales y específicos del programa aparecen claramente definidos, guardan coherencia entre sí y están relacionados con el diagnóstico social o
la aproximación diagnóstica del programa: 4 puntos.



2º Los objetivos generales aparecen claramente definidos, guardan coherencia entre
sí y están relacionados con el diagnóstico social o la aproximación diagnóstica
del programa, pero no se recogen objetivos específicos o recogiéndose éstos no
guardan coherencia entre sí o no están relacionados con el diagnóstico social o
aproximación diagnóstica del programa: 2 puntos.




3º No procede aplicar ninguno de los dos apartados anteriores: 0 puntos.

d) Actuaciones del programa y temporalización. Máximo 4 puntos, con el siguiente desglose:



1º Las actuaciones del programa se describen de forma clara, su temporalización es
coherente y guardan relación con el diagnóstico social o aproximación diagnóstica del programa, con los objetivos que se pretenden conseguir y con las necesidades del colectivo o colectivos destinatarios: 4 puntos.



2º Las actuaciones del programa no se describen de forma clara, pero muestran una
temporalización coherente y guardan relación con el diagnóstico social o aproximación diagnóstica del programa, con los objetivos que se pretenden conseguir
y con las necesidades del colectivo o colectivos destinatarios: 2 puntos.