Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0024)
Acuerdo de 28 de enero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, consistente en aprobar el Plan General Municipal "Simplificado" de Monterrubio de la Serena.
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NÚMERO 101
Viernes, 28 de mayo de 2021

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CONDICIONES EDIFICATORIAS. Suelo No Urbanizable de Protección Estructural
“Regadío Privado”. PGM Monterrubio de la Serena (Badajoz). (Ámbito de aplicación:
en el plano de Ordenación Estructural Clasificación)
Las condiciones de este uso son de aplicación a las viviendas
nuevas.
Se admite el mantenimiento y rehabilitación de las existentes a
Otros:
la entrada en vigor del Plan General Municipal, de modo que no
quedarían fuera de ordenación por la aplicación del Plan
General.
AUTORIZABLES
Art. 23.g. Vivienda familiar aislada no vinculada
1,5 ha. Salvo determinaciones y excepciones de la normativa
Superficie Mínima
urbanística de Extremadura o las previstas en normativa de
Parcela:
rango superior o sectorial aplicables.
Retranqueo a
Mínimo 5,00 metros. Salvo determinaciones previstas en
Linderos:
normativa de rango superior o sectorial aplicables.
Tipología de la
Edificación aislada exenta (EAE). Salvo determinaciones
Edificación:
previstas en normativa de rango superior o sectorial aplicables.
Edificabilidad
0,01 m2techo/m2suelo
Máxima:
Número de Plantas:
1 (Baja)
Altura máxima:
5 m a cumbrera.
Entreplanta:
Permitida.
Sótano:
Permitido.
Semisótano:
Permitido.
Bajocubierta:
Prohibida. Ver definición.
Distancia al Núcleo
- La que determine la legislación vigente para el tipo de
Urbano:
actividad.
Condiciones
Estéticas y de
Composición:
Condiciones
- Las que determine la legislación vigente para el tipo de
Higiénico Sanitarias: actividad.
Otros:
Observaciones:
Se cumplirá lo indicado en el informe del Servicio de Regadíos de la Dirección General de
Desarrollo Rural, Consejería de Medio Ambiente, Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de
27/09/2017: “En todas aquellas superficies seleccionadas para formar parte de la zona
regable, cualquier actuación, uso o actividad, deberá ser compatible totalmente con el uso de
regadío, a juicio de la Administración Autonómica, entendiéndose que aquellos usos,
actuaciones o actividades que comporten edificación deberán obtener previamente la
calificación urbanística”. Se deberá aplicar lo establecido en el Decreto 154/2017 de 12 de
septiembre (DOE de 20 de septiembre de 2017) por el que se declara la transformación en
regadío de 1.2000 hectáreas mediante el empleo de recursos locales en Monterrubio de la
Serena, Badajoz, como Zona Regable Singular de la comunidad autónoma de Extremadura.

Art.3.3.2.11. Ficha de condiciones edificatorias en el Suelo No Urbanizable de Protección
Estructural “Agroforestal”
CONDICIONES EDIFICATORIAS. Suelo No Urbanizable de Protección Estructural
“Agroforestal”. PGM Monterrubio de la Serena (Badajoz). (Ámbito de aplicación: en el
plano de Ordenación Estructural Clasificación)
PERMITIDOS
Art. 13.2.a. Agrícola, Ganadera, Forestal, Cinegética, Otras.
Art. 18.2.2.b. Instalaciones desmontables para mejora del cultivo o producción agropecuaria.
Art. 18.2.2.d. Reposición de muros y/o de edificaciones existentes.