Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061514)
Resolución de 21 abril de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de fabricación y venta de maquinaria agrícola, cuyo promotor es Maquinaria Agrícola Cámara, SA, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021



26155

3.4. R
 esultado de la Valoración



E
 n relación con la evaluación ambiental de las actuaciones de este proyecto, habiendo considerado el contenido de los informes solicitados y una vez analizados
los potenciales efectos que pudieran derivarse de su ejecución, se considera que
las actuaciones no causarán impactos ambientales críticos, y los moderados o severos podrán recuperarse siempre que se cumplan las siguientes medidas correctoras y protectoras detalladas en el presente informe, así como las incluidas en el
documento ambiental presentado.

4. M
 edidas en la fase de adaptación.


• Las construcciones existentes deberán integrarse paisajísticamente mediante el empleo de materiales acordes con el entorno, evitando el uso de materiales reflectantes
en cubierta, paramentos exteriores, depósitos galvanizados u otros elementos que
por su altura o color resalten.



• Para minimizar el posible impacto paisajístico, se recomienda ocultar las instalaciones
y la zona de acopio de materia prima con la plantación de un seto de al menos tres
filas alternas de arbustos autóctonos (retama, adelfa, charneca, romero, coscoja) y
árboles autóctonos (ej.: fresnos, álamos, almeces, madroños, encinas, alcornoques…,
etc.) o incluso árboles en las zonas de aparcamiento y menos visibles, otras especies
como pinos, almeces, moreras, plátano de sombra, cipreses (estas especies con menor preferencia). También se deberán ocultar otras estructuras como depósitos, que
por su altura o color provoquen impacto visual o paisajístico.



• En cuanto al cerramiento, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3
de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y
reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



• Se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando las instalaciones
temporales, escombros y cualquier tipo de residuo generado por las máquinas, que
serán entregados a gestor de residuos autorizado. En caso de producirse un volumen
sobrante de tierras, no estará permitido su vertido incontrolado, sino que deberán ser
entregadas a gestor autorizado.

5. M
 edidas en la fase operativa.


• Todas las actividades del proceso productivo serán realizadas sobre solera de hormigón impermeabilizada.