Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061543)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Instituto Municipal de Servicios Sociales del IMSS de Badajoz, en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021

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Igualmente, el presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de
lo dispuesto en su artículo 3.1 g).
Octavo. Que para el cumplimiento de los intereses comunes, en el que la Junta de Extremadura
y el Instituto Municipal de Servicios Sociales del IMSS de Badajoz comparten competencias,
ambas partes coinciden en la necesidad de garantizar la prestación de información, valoración
y orientación del servicio social de atención social básica, que permita a su vez garantizar
el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema público de servicios
sociales con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las
personas y la justicia social.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma
del presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Instituto Municipal de Servicios Sociales
del IMSS de Badajoz, en los sucesivo (IMSS) con NIF P5601504C, en la prestación de información, valoración y orientación (en lo sucesivo prestación) del servicio social de atención social
básica (en lo sucesivo servicio social).
Segunda. Actuaciones de la prestación de información, valoración y orientación de
los servicios sociales de atención social básica.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio el IMSS a través del servicio social
garantizará la prestación a las personas que cumplan los requisitos establecidos en la Ley
14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura y demás normativa que lo desarrolle, realizando las siguientes actuaciones:
1. Atención a las necesidades y demandas de la población, canalizando las situaciones de
necesidad hacia las prestaciones necesarias.
2. D
 iagnóstico de las situaciones de necesidad social y elaboración y ejecución, cuando sea
necesario, del plan de atención social regulado en el artículo 18 de la Ley 14/2015, de
9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
3. A
 tención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.