Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061541)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendralejo en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021

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Asimismo, el artículo 44 de esta ley, establece como un instrumento de cooperación financiera
entre las distintas Administraciones Públicas el convenio de colaboración, a fin de alcanzar el
cumplimiento de los objetivos determinados en la planificación general del Sistema Público
de Servicios Sociales.
Sexto. Que con objeto de regular la colaboración entre la Junta de Extremadura y las Entidades Locales en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales
de atención social básica, se aprueba el Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el que se regula
la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la prestación de
información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 132, de 11 de julio de 2016), colaboración
que se formalizará mediante la suscripción de convenios de colaboración.
En el marco del citado decreto, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales tiene reconocido
al Ayuntamiento de Almendralejo un total de 7 profesionales del Trabajo Social para la prestación de información, valoración y orientación del servicio social de atención social básica.
Séptimo. Que conforme dispone el artículo 10 del Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el que
se regula la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de
26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en su artículo 6, aplicándose los principios
de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Igualmente, el presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de
lo dispuesto en su artículo 3.1 g).
Octavo. Que para el cumplimiento de los intereses comunes, en el que la Junta de
Extremadura y el Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Almendralejo
comparten competencias, ambas partes coinciden en la necesidad de garantizar la prestación
de información, valoración y orientación del servicio social de atención social básica, que
permita a su vez garantizar el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al
sistema público de servicios sociales con objeto de promover el bienestar social y contribuir
al pleno desarrollo de las personas y la justicia social.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma
del presente convenio, que se regirá por las siguientes