Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061519)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Torrecilla" de 49,9 MWp, en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera (Cáceres). Expte.: IA20/1264.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021



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3. S
 e dispondrán tarameros y otros elementos de refugio y protección, mediante la
acumulación de material leñoso procedente de podas y desbroces en zonas con
presencia de vivares de conejo para mejorar la calidad del hábitat.



Podrán realizarse combinado el aporte de material leñoso (90%) y piedras (10%).
Las acumulaciones de material leñoso pueden realizarse anudando haces o por
otros medios que aseguren la estabilidad y la duración del taramero. Se recomienda que se ubiquen en las cercanías de los vivares, de los puntos de agua o
de los lugares de alimentación preferente, así como en aquellas zonas donde no
existan suficientes refugios naturales para las poblaciones de conejo. Se priorizarán aquellos casos en los que existan poblaciones viables de conejos que puedan
utilizar estas mejoras. También aquellas fincas ubicadas en zonas de nidificación
y alimentación de especies protegidas (águila imperial, ibérica, águila perdicera,
águila real, etc.).



4. E
 n caso de ser necesario, para asegurar una población adecuada de conejos, se
realizaran sueltas anuales, previa autorización de la DGS.



5. S
 eguimiento anual de avifauna en el entorno de la planta durante los cinco primeros años, y a partir de entonces cada 5 años.



6. C
 olocación de 3 posaderos para rapaces en el perímetro de la planta.



7. C
 olocación de 10 cajas nido para cernícalo primilla, carraca y mochuelo.



8. E
 n los edificios auxiliares se colocarán tejas nido para favorecer la nidificación de
cernícalos primillas.



9. Colocación de 10 refugios de reptiles, pequeños mamíferos y artrópodos. El refugio
consistirá en una acumulación de piedras de la zona en un agrupamiento de 2 m
x 2 m x 1 m y/o la colocación de ramas de suficiente porte (0,2 m de diámetro y
1,2 m de longitud).



10. D
 estinar a conservación mediante acuerdos de custodia de territorio, una parcela de superficie de 20 ha de superficie, dentro del mismo término municipal
o comarca. Se destinará a conservación de aves esteparias. Para ello se llevará
a cabo una gestión de la misma en cultivo de secano al tercio (sembrando 5 ha
de cereales y leguminosas, dejando 5 ha de posío que hayan estado sembradas
el año anterior y 5 ha de barbecho que estuvieran de posío el año anterior). Las
restantes 5 ha se dejarán sin cultivar, y servirán de refugio de especies en el
pasto.