Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061519)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Torrecilla" de 49,9 MWp, en los términos municipales de Torrecillas de la Tiesa y Aldeacentenera (Cáceres). Expte.: IA20/1264.
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NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021



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E
 n base a las fuentes consultadas, se garantiza que el conjunto del proyecto
no se asienta sobre ninguna de las zonas establecidas como de riesgo alto
de incendios, quedando la más próxima (ZAR Villuercas) a aproximadamente 5,7 km al sur de la instalación.



E
 n fase de operación se dispondrá de un Plan de Prevención de Incendios
mediante la redacción de una Memoria Técnica de Prevención de Incendios,
para dar cumplimiento al Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que
se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. La instalación referida contará con la Memoria Técnica de Prevención correspondiente según regula el apartado e) del punto
3 del artículo 2 de la Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de
Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX), desarrollada en el Título III de la misma Orden (artículos
del 23 al 28).



S
 e tendrán en cuenta las medidas del Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX) y el Plan
de Prevención de Incendios Forestales de Extremadura (PREIFEX).



2. E
 n relación a la vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves, se tiene en cuenta que:

• Presencia de sustancias peligrosas.


En cumplimiento del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el
que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, el promotor aporta
un documento de declaración responsable que no va a utilizar sustancias
peligrosas relacionadas en el anexo I del citado real decreto, tanto en la
fases de construcción, funcionamiento y desmantelamiento.




• Presencia de sustancias radiactivas.
Así mismo, presenta una declaración responsable de la no existencia de
sustancias radioactivas en la que certifica que en ninguna de las fases del
proyecto el recinto vaya a contener sustancias radiactivas y en concreto
ninguna de las relacionadas en el reglamento sobre instalaciones nucleares
y radioactivas del Real Decreto 1836/1999.