Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sentencias. Ejecución. (2021061497)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Presidencia del Instituto de Consumo de Extremadura, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 60/2021 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz en el procedimiento abreviado n.º 39/2021.
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NÚMERO 100

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Jueves, 27 de mayo de 2021

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2021, de la Presidencia del Instituto de
Consumo de Extremadura, por la que se dispone la ejecución de la sentencia
n.º 60/2021 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz
en el procedimiento abreviado n.º 39/2021. (2021061497)
Recientemente ha recaído sentencia firme n.º 60/2021, de 5 de mayo de 2021, del Juzgado
de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, por la que se resuelve el recurso contencioso-administrativo sustanciado en el procedimiento abreviado 39/2021 promovido por el
Letrado D. Antonio González Tenacio, en nombre y representación de la entidad mercantil Lola
Li, SL, siendo demandado el Instituto de Consumo de Extremadura, que versa sobre resolución de la Dirección General de Instituto de Consumo de Extremadura, de fecha 13 de junio
de 2020, dictada en el expediente sancionador n.º 06R020/136/2019, confirmada en alzada
por resolución de fecha 21 de septiembre de 2020 del Presidente del Instituto de Consumo
de Extremadura.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano
competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente
RESUELVO
Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia número 60/2021, de 5 de mayo de 2021, del
Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, por la que se resuelve el recurso
contencioso-administrativo sustanciado en el procedimiento abreviado 39/2021, llevando a
puro y debido efecto el fallo, que es del siguiente tenor:
“Que, estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto en nombre y representación de la entidad mercantil Lola Li, SL, contra la Resolución de la Directora General
del Instituto de Consumo de Extremadura de fecha 13 de junio de 2020, dictada en el
expediente sancionador n.º 06R020/136/2019, confirmada en alzada por resolución de
fecha 21 de septiembre de 2020 del Presidente del Instituto de Consumo de Extremadura,
en virtud de la cual se le impone una sanción de 3.005,07 euros por una infracción grave,
debo acordar y acuerdo revocar la resolución referida, por no ser ajustada a derecho, con
los efectos inherentes a dicha declaración. Todo ello con imposición a la Administración
demandada de las costas causadas en este procedimiento.”
Mérida, 11 de mayo de 2021.
El Presidente del Instituto de Consumo
de Extremadura,
JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA
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