Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061510)
Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de Montijo, consistente en la ampliación de la superficie de riego en 20 hectáreas, totalizando 90,87 hectáreas" en el término municipal de Badajoz, cuyo promotor es Nancer, SL. Expte.: IA18/2186.
18 páginas totales
Página
NÚMERO 100
Jueves, 27 de mayo de 2021

25972

forme al Anexo II del Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan
las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos
cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.


15. Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el
que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o
en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4
de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de
Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará
al personal técnico de la DGS y al agente del Medio Natural de la zona que darán
las indicaciones oportunas.

4.2. Medidas en la fase de construcción.


1. S
 e respetarán las 25 encinas, dejando un radio de 8m (medidos desde el tronco)
libre de cultivo para posibilitar su desarrollo y la no existencia de interferencias con
los olivos a instalar. Este radio se ampliará hasta el radio de copa si éste supera los
8 m.



2. N
 o se realizarán movimientos de suelo ni operaciones bajo copa (gradeos profundos, subsolados...) que pongan en riesgo la supervivencia de este arbolado. Del
mismo modo, los tratamientos selvícolas (podas...) futuros se harán conforme a
las normas técnicas indicadas en el Decreto 13/2013 y su modificación Decreto
111/2015, sin cortes superiores a 18 cm (de diámetro) y manteniendo una correcta
conformación y equilibrio de la copa



3. S
 e procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto



4. S
 e realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las
medidas necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones
de las zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su
posterior relleno y en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular
en las inmediaciones.



5. S
 e realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este