Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061509)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Fundación Universidad-Sociedad de la Universidad de Extremadura para la vigilancia epidemiológica y valoración sanitaria de la población de lince ibérico en Extremadura y de los mesocarnívoros simpátricos asociados. N.º Expediente: 2051999FR004.
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NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021

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y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del
Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º
1698/2005 del Consejo y el Anexo III del Reglamento (UE) n.º 808/2014, de la Comisión de
17 de julio de 2014, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento
anterior, así como adoptar las medidas de identificación, información y publicidad reguladas
en el artículo 3 del Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de
inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
En este sentido, las memorias descriptivas deberán incluir el logotipo del Programa “Interreg
España-Portugal” que integra el emblema normalizado de la Unión Europea, con su nomenclatura “Unión Europea” y la mención al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), ambos
obligatorios y que no pueden ser abreviados, el logotipo de la Junta de Extremadura, el logotipo de la Fundación y el logotipo del proyecto PRO-IBERLINX.
Décima. Régimen Jurídico e Interpretación.
El presente convenio de Colaboración tiene naturaleza administrativa y amparándose en los
dispuesto por el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por lo que queda excluido de su ámbito de aplicación.
Se regirá por las estipulaciones en él contenidas y, en lo no previsto en éstas, así como para
la resolución de las dudas que pudieran presentarse, por los principios contenidos en la citada
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, si bien las partes firmantes se comprometen a resolver de
forma amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en la aplicación del presente convenio.
Las discrepancias, así como, las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio de colaboración y las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, quedarán sometidas al
conocimiento y resolución de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, una vez agotada la vía de la
Comisión de Seguimiento prevista en el mismo.

Proyecto PRO-IBERLINX.
Proteção e conservação do Lince Ibérico
Acción A1.- Gestión y Conservación de Hábitats
Tasa de cofinanciación: 75%