Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061496)
Resolución de 13 de mayo de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la Sociedad Oropesa Solar, SL, para la instalación fotovoltaica "Talayuela II", ubicada en el término municipal de Talayuela (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/45/18.
<< 6 << Página 6
Página 7 Pág. 7
-
7 páginas totales
Página
NÚMERO 99

25777

Miércoles, 26 de mayo de 2021



- 2 Posiciones de transformador 400/30 kV, lado de 30 kV, celda constituida por los
siguientes elementos:



- 2 Posiciones de línea de 30 kV, celda constituida por los siguientes elementos:



- 2 Posiciones de medida de tensión de barras generales de 30 kV, celda constituida
por los siguientes elementos:



- 2 Posiciones de medida fiscal y remonte 30 kV, celda constituida por los siguientes
elementos:

— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 26.438.292,63 €
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la correspondiente autorización de explotación.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las
instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 13 de mayo de 2021.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ