Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061487)
Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modificación de concesión de aguas superficiales del río Zújar, consistente en la ampliación de la superficie de riego en 21,73 ha, totalizando 33,91 ha", en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.: IA18/2083.
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Miércoles, 26 de mayo de 2021

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RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto "Modificación de concesión de aguas superficiales del río Zújar,
consistente en la ampliación de la superficie de riego en 21,73 ha, totalizando
33,91 ha", en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.:
IA18/2083. (2021061487)
El proyecto de “Modificación de concesión de aguas superficiales del río Zújar, consistente
en la ampliación de la superficie de riego en 21,73 ha, totalizando 33,91 ha”, en el término
municipal de Campanario (Badajoz), pertenece al Grupo 1. “Silvicultura, agricultura, ganadería y agricultura” epígrafe b) del Anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la
obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución
administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al
proyecto la Dirección General de Sostenibilidad (en adelante, DGS) de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d)
del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, modificado por el Decreto 20/2021, de 30 de marzo,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como información complementaria aportada por el promotor.
A) Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.


El promotor del proyecto es La Portugalesa, SC, con domicilio social en C/ Arroyazo,
19, 3º- A de Don Benito (Badajoz)-.



Actúa como órgano sustantivo la Confederación Hidrográfica del Guadiana, que autoriza la concesión de aguas y las actuaciones en Dominio Público Hidráulico.

A.2. Localización y descripción del proyecto.


Las actuaciones finalmente proyectadas tras el proceso de evaluación, objeto de la
presente declaración de impacto ambiental, son las siguientes: