Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061473)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 16,05 hectáreas", cuyo promotor es D. Demetrio Carrasco Mancha, en los términos municipales de Don Álvaro y Valverde de Mérida (Badajoz). Expte.: IA18/2043.
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NÚMERO 99

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Miércoles, 26 de mayo de 2021

Relación de Consultas

Respuestas recibidas

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas

X

D.G. de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural

X

Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

Ayuntamiento de Valverde de Mérida

X

Ayuntamiento de Don Álvaro

X

Servicio de Regadíos

X

Ecologistas en Acción
Adenex
SEO-Bird/Life

El resultado de las contestaciones de las distintas Administraciones públicas, se resume a
continuación:
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad, informa de manera favorable, siempre que se cumplan una serie de
medidas que se han incluido en este informe ambiental.
— La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural informa favorablemente, condicionando al cumplimiento de una serie de medidas que se han incluido en
este informe de impacto ambiental.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana, informa que la actividad no ocuparía el
DPH, constituido en este caso por el cauce del Arroyo de Santa Ana y el Arroyo de la
Goa, y si se contempla su establecimiento en parte de la zona de servidumbre y/o policía de dicho cauce. Los márgenes que lindan con el cauce, están sujetos en toda su
extensión longitudinal a una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso
público y una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso
del suelo y las actividades que se desarrollen. Dado que existen varias solicitudes de
concesión y la segregación de las parcelas catastrales, el promotor deberá aclarar la
duplicidad existente en las solicitudes presentadas. La actuación no conlleva vertidos al
DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego.