Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061473)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 16,05 hectáreas", cuyo promotor es D. Demetrio Carrasco Mancha, en los términos municipales de Don Álvaro y Valverde de Mérida (Badajoz). Expte.: IA18/2043.
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NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021

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4.4. P
 rograma de vigilancia y seguimiento ambiental.


1. E
 l promotor deberá confeccionar un programa de vigilancia y seguimiento ambiental,
con el fin de asegurar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el informe
de impacto ambiental. Dicho programa de vigilancia y seguimiento ambiental deberá
ser remitido a la finalización de las obras a la DGS y deberá recoger al menos, el
siguiente contenido:



a. L
 a correcta aplicación de las medidas preventivas, correctoras y protectoras incorporadas en el presente informe de impacto ambiental.



b. L
 as posibles incidencias en relación con la fauna, y en particular, sobre la comunidad de aves esteparias.



2. D
 urante los primeros cuatro años desde la puesta en explotación del proyecto, el
promotor deberá confeccionar un informe anual sobre el seguimiento de las medidas
incluidas en el informe de impacto ambiental, dentro del ámbito del programa de
vigilancia y seguimiento ambiental, debiendo ser entregados los primeros 15 días de
cada año a la DGS.



3. E
 n base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras adicionales para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos
relacionados con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.

Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura 2000, esta Dirección General de Sostenibilidad, a propuesta del Servicio de Prevención y
Calidad Ambiental, resuelve, de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada
practicada conforme a lo previsto en la subsección 2ª de la sección 2ª del capítulo VII del título I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General
de Sostenibilidad resuelva, mediante la formulación de un informe de impacto ambiental,
que no es previsible que el proyecto “Concesión de aguas subterráneas para riego de 16.05
hectáreas”, cuyo promotor es Demetrio Carrasco Mancha, en los términos municipales de Don
Álvaro y Valverde de Mérida (Badajoz) vaya a producir impactos adversos significativos sobre
el medio ambiente, por lo que no se considera necesario someter el proyecto al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
El Informe de Impacto Ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos
que le son propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera
procedido a la autorización del proyecto en el plazo de cuatro años desde su publicación.