Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061473)
Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 16,05 hectáreas", cuyo promotor es D. Demetrio Carrasco Mancha, en los términos municipales de Don Álvaro y Valverde de Mérida (Badajoz). Expte.: IA18/2043.
18 páginas totales
Página
NÚMERO 99
Miércoles, 26 de mayo de 2021



25745

3. S
 egún lo dispuesto en la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados
por los aprovechamientos de agua del Dominio Público Hidráulico (DPH), de los retornos al citado DPH y de los vertidos al mismo, para el control del volumen derivado
de las captaciones de agua del DPH, el titular del mismo queda obligado a instalar y
mantener a su costa un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua
captados realmente (contador o aforador).



4. D
 eberán instalarse temporizadores de riego para garantizar la optimización y uso
racional del agua, adaptándose a las necesidades del cultivo. Se llevará a cabo un
uso eficiente y racional del recurso hídrico solicitado, en función de las necesidades
reales del cultivo y las condiciones meteorológicas en cada campaña de riego.



5. E
 n fase de explotación, si se generaran restos vegetales (podas, desbroces, etc.)
se recomienda su eliminación in situ mediante su triturado, facilitando su incorporación al suelo. En todo caso, no se recomienda la quema de restos y si ésta fuera
imprescindible, se deberán seguir las indicaciones establecidas en la normativa de
prevención de incendios forestales.



6. S
 e recomienda que el equipo de bombeo para la extracción y aprovechamiento de
aguas sea de “energía limpia”, es decir, mediante la instalación de placas solares y
no por motores de combustión que puedan generar contaminación de aceites o combustibles a la capa freática, así como de gases nocivos a la atmósfera. En caso de
utilizarse un motor tradicional (combustión) se adoptarán medidas encaminadas a
reducir los ruidos procedentes del equipo de bombeo. El ruido exterior de los motores deberá ser acorde con lo establecido en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones, por lo que los grupos electrógenos deberán
estar dentro de casetas/naves insonorizadas al efecto.



7. S
 e promoverá el fomento de técnicas de agricultura ecológica o producción integrada, evitando la siega química con herbicida, procurando el mantenimiento de la
cubierta vegetal entre calles para ser controlada mediante métodos mecánicos, para
reducir el riesgo de erosión y pérdida de suelo, ventaja que permite que las especies
herbáceas anuales que crecen entre los olivos antes de que el suelo sea labrado, supongan un recurso para algunas especies fitófagas; y por otra parte la conservación
de estos ecosistemas antrópicos precisa de la continuidad de la intervención humana
sobre el territorio, siempre de manera sostenible. En este sentido se recomienda tener en consideración las experiencias demostrativas que se están llevando a cabo en
el proyecto LIFE+ Olivares Vivos para olivares rentables que soporten biodiversidad y
que aportan valor añadido al producto final, que contribuye a frenar el abandono del
olivar tradicional o su reintensificación, evitando sus costes medioambientales. En-