Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061505)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Sociedad de Garantía Reciproca Extremeña de Avales (EXTRAVAL), para la gestión del programa de ayudas para facilitar el acceso a la liquidez para autónomos y PYMES para afrontar los efectos económicos negativos del COVID-19, regulado en el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo.
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NÚMERO 98
Martes, 25 de mayo de 2021

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de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas
en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19. Asimismo mediante resolución de 28
de enero de 2021, de la Asamblea de Extremadura, que fue publicada en el Diario Oficial de
Extremadura de 29 de enero de 2021, se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación
del mencionado Decreto-ley 15/2020, de 29 de diciembre.
Tercero. Tal y como se manifiesta en la exposición de motivos del citado Decreto-ley 15/2020,
de 29 de diciembre, las modificaciones introducidas en el contenido del Decreto-ley 9/2020,
de 8 de mayo: “obedecen a la imprevista persistencia e intensidad de los efectos de la crisis
sanitaria causada por la COVID-19, por lo que las necesidades económicas de las empresas
a las que van destinadas estas ayudas (formalización de operaciones de avales, así como de
microcréditos dirigidos a financiar gastos de circulante) se han visto extendidas en el tiempo,
por encima de las previsiones efectuadas a la hora de elaborar la norma que se modifica por
el presente Decreto-ley, que contemplaba que las operaciones subsidiadas pudiesen formalizarse hasta el 31 de diciembre de 2020. Ante la prolongación en el tiempo de los efectos de
la crisis sanitaria, se considera necesario que los autónomos y las pymes puedan continuar
haciendo uso de tales recursos económicos, por lo que ha de llevarse a cabo la ampliación
del límite de formalización de las operaciones durante un plazo mayor, fijándose tal límite en
el 30 de junio de 2021, lo que se encuentra en consonancia con la decisión adoptada por la
Comisión Europea en cuanto que se ha producido también la ampliación del Marco Temporal
de Ayudas hasta esa misma fecha.
Asimismo, en consonancia con el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo y como complemento de estas
medidas, es necesario extender los mecanismos de apoyo financiero al tejido productivo
extremeño, con el fin de no solo garantizar la liquidez del sistema sino también impulsar la
inversión productiva y la adaptación de las empresas, apoyando la solvencia de las mismas
para evitar que las dificultades transitorias que padecen acaben teniendo un impacto social o
económico contrario al interés general. Por lo tanto, resulta primordial establecer las facilidades pertinentes para la realización de estas inversiones que fomenten el crecimiento potencial
de la economía extremeña, así como su sostenibilidad en el largo plazo, facilitando que la
subvención al fondo de provisiones técnicas establecida en el Decreto-ley 9/2020 pueda ir
dirigida a cubrir las necesidades de financiación, tanto de capital circulante como de inversiones y otras operaciones, a fin de ampliar las posibilidades de afianzamiento de pymes y
autónomos ante las grandes dificultades económicas del momento”.
Debido a las modificaciones en el contenido del citado Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo
efectuadas mediante el referido Decreto-ley 15/2020, de 29 de diciembre, las partes han
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