Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021061460)
Resolución de 13 de mayo de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Desvío de un tramo de la LAMT-4081-07-"Riegos Peraleda" de la STR "Navalmoral de la Mata", de 20 kV, entre los apoyos 5123 y 5124 de la misma, por mejoras en la ETAP de Peraleda de San Román (Cáceres)". Término municipal: Peraleda de San Román (Cáceres). Expte.: AT-9280.
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Martes, 25 de mayo de 2021

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Apoyos:
— Tipo: Metálicos de celosía.
— N.º de apoyos a instalar: 2.
— Tipo de crucetas: Bóveda tipo CBCA-2270.
— Aislamiento: Cadenas de aisladores de composite bastón largo U70YB30P AL.
Emplazamiento de la línea: Parcelas públicas (Polígono 2 - Parcela 9002) y privadas (Polígono 2–Parcelas 544, 553, 560, 579, 580, 617 y 618) en el término municipal de Peraleda de
San Román.
Otras actuaciones:
Desmontaje del tramo de la LAMT-4081-07-”Riegos Peraleda” de la STR “Navalmoral de la
Mata”, con conductor LA-30 existente, entre los apoyos 5123 y 5124 de la misma, en una
longitud de 0,201 Km, así como el apoyo existente 5124 (a sustituir).
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
— La Empresa queda obligada a cumplir las condiciones establecidas por el órgano ambiental en la declaración de impacto ambiental o informe ambiental citado en el apartado tercero de los antecedentes de hecho de esta resolución.