Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Instalaciones Eléctricas. (2021061460)
Resolución de 13 de mayo de 2021, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Desvío de un tramo de la LAMT-4081-07-"Riegos Peraleda" de la STR "Navalmoral de la Mata", de 20 kV, entre los apoyos 5123 y 5124 de la misma, por mejoras en la ETAP de Peraleda de San Román (Cáceres)". Término municipal: Peraleda de San Román (Cáceres). Expte.: AT-9280.
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NÚMERO 98
Martes, 25 de mayo de 2021

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— No han sido solicitados informes a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general por haber sido aportados por el peticionario.
— Traslado del documento ambiental al órgano competente en materia de medio ambiente,
para la emisión del informe preceptivo según lo dispuesto en la legislación sobre protección ambiental.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
— Como resultado de los trámites relativos a la evaluación de impacto ambiental, el órgano
competente en materia de medio ambiente ha emitido Informe de impacto ambiental
abreviado favorable con fecha 02/05/2017.
Dentro del procedimiento de evaluación de impacto ambiental abreviada, se han pedido informes auxiliares a la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural, los cuales
han sido tenidos en cuenta e incorporados en este informe.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la
función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función
ejecutiva es realizada por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, según lo
dispuesto en el Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican
la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiendo el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a
las referencias competenciales y normativas recogidas en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, siendo competencia de este Servicio la resolución del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 221/2012, de 9 de noviembre.