Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2021040052)
Decreto 42/2021, de 18 de mayo, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Edar y Colectores en Valdivia.
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NÚMERO 98
25357
Martes, 25 de mayo de 2021
DISPONGO
Artículo único. Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición
de derechos necesarios para la ejecución de las obras de “Edar y colectores en Valdivia”, con
los efectos y alcance previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su notificación o publicación, tal y como establece el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, conforme establecen los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Mérida, 18 de mayo de 2021.
La Consejera para la Transición Ecológica y
El Presidente de
Sostenibilidad,
la Junta de Extremadura,
OLGA GARCÍA GARCÍA
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
25357
Martes, 25 de mayo de 2021
DISPONGO
Artículo único. Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición
de derechos necesarios para la ejecución de las obras de “Edar y colectores en Valdivia”, con
los efectos y alcance previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su notificación o publicación, tal y como establece el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, conforme establecen los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Mérida, 18 de mayo de 2021.
La Consejera para la Transición Ecológica y
El Presidente de
Sostenibilidad,
la Junta de Extremadura,
OLGA GARCÍA GARCÍA
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA