Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2021040051)
Decreto 41/2021, de 18 de mayo, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Colectores y Edar en Castañar de Ibor.
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NÚMERO 98
Martes, 25 de mayo de 2021

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
DECRETO 41/2021, de 18 de mayo, sobre declaración de urgencia de la
ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Colectores y Edar
en Castañar de Ibor. (2021040051)
Decreto 41/2021, de 18 de mayo, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Colectores y Edar en Castañar de Ibor.
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente de la Junta de Extremadura 16/2019, de 1 de julio, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas, siendo desarrollado mediante Decreto 87/2019, de 2 de agosto, que le atribuye el ejercicio de las competencias en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de
las infraestructuras hidráulicas de competencia de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como la coordinación de las políticas de aguas autonómica, así como la regulación del
abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas de conformidad con el artículo 5.1.a)
del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del
propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b) en la redacción de la Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa
de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Colectores y Edar en Castañar de Ibor”, el proyecto fue aprobado
en fecha 11 de diciembre de 2020, habiéndose practicado información pública por Resolución
de 8 de marzo de 2021 (DOE n.º 55, de 23 de marzo de 2021), no habiendo recibido alegaciones dentro del plazo al efecto concedido. Se han practicado, así mismo, el resto de publicaciones exigidas legalmente. Se adjunta relación definitiva de afectados.
La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras de que se trata
viene soportando graves problemas de saneamiento por cuanto dispone de un sistema de depuración muy deficiente, realizándose los vertidos a dos cuencas, la cuenca norte que recoge
el arroyo Lagares y tiene cuatro puntos de vertido y la cuenca sur con un punto de vertido y
una estación de bombeo, todo lo cual ocasiona riesgos higiénico-sanitarios que requieren con
urgencia la implantación de un sistema de depuración adecuado para el cumplimiento de la
Directiva Europea 91/271.