Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2021040050)
Decreto 40/2021, de 18 de mayo, por el que se declara el Puente del Conde, en los términos municipales de Aldeacentenera y Cabañas del Castillo (Cáceres) como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento.
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NÚMERO 98

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Martes, 25 de mayo de 2021

ANEXO II
DELIMITACIÓN DEL BIEN Y DEL ENTORNO.
El Bien.
El Bien está conformado por el puente y el camino de herradura de la orilla norte, unidos
estructuralmente.

LOCALIZACIÓN

REFERENCIA CATASTRAL

Polígono 2 Parcela 9010. CAMINO. CABAÑAS DEL CASTILLO

10034A002090100000GM

El Bien no pose referencia catastral específica en la parte afectada en el término municipal
de Aldeacentenera. En esta zona, el puente se sitúa dentro de las siguientes referencias
catastrales:

LOCALIZACIÓN

REFERENCIA CATASTRAL

Polígono 4 Parcela 9002. RIO GARCIAZ.

10011A004090020000HI

Polígono 4 Parcela 296. TOCONAL DEL MEDIO

10011A004002960000HX.

Entorno del Bien.
Se establece una delimitación de Entorno alrededor del Bien de 350 m —medidos desde el
centro del puente—, hasta llegar en dirección este a la confluencia de los ríos Almonte y Garciaz, sobrepasándola en una mínima parte hasta afectar, en dirección este, a parte de la orilla
del término municipal de Berzocana. También sobrepasa la delimitación de Entorno en su lado
sur la carretera de Retamosa y, en dirección oeste, el actual puente en uso de dicha carretera
sobre el río Almonte. En dirección norte, afecta parcialmente a las fincas rústicas existentes.
Se establecen estas distancias con objeto de proteger las vistas sobre el Bien (y el camino de
herradura que es parte del mismo), así como del molino con su canal y las zahúrdas existentes, por estar todos estos elementos vinculados a la funcionalidad del puente. También, con
objeto de proteger el precioso entorno paisajístico en el que este se halla.