Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Expropiaciones. (2021040049)
Decreto 39/2021, de 18 de mayo, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Acondicionamiento de la EX -373. Tramo: N-630 a la A-66.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
NÚMERO 98
Martes, 25 de mayo de 2021

25307

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
DECRETO 39/2021, de 18 de mayo, sobre declaración de urgencia de la
ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de: Acondicionamiento
de la EX-373. Tramo: N-630 a la A-66. (2021040049)
La Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda tiene atribuidas por Decreto del Presidente
de la Junta de Extremadura 16/2019, de 1 de julio, las competencias en materia de infraestructuras viarias, competencias que se concretan en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto y
en el Decreto 167/2019, de 29 de octubre, que relaciona las competencias de la Comunidad
Autónoma de Extremadura en materia de movilidad, así como la ejecución, mantenimiento y
ordenación de las infraestructuras viarias, planificación y gestión de la red de carreteras de
la Junta de Extremadura, así como la planificación del mapa de carreteras de Extremadura
2030, en coordinación con las instituciones provinciales y estatales y el seguimiento del Pacto
de Movilidad, todas las cuales asume la citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del
propio Estatuto de Autonomía, artículo 38 b) en la redacción de la Ley Orgánica 1/2011 de 28
de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa
de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “Acondicionamiento de la EX-373. Tramo: N-630 a la A-66”, el
proyecto fue aprobado en fecha 21 de julio de 2020, habiéndose practicado información pública por Resolución de 26 de octubre de 2020 (DOE n.º 222, de 17 de noviembre de 2020),
habiendo presentado alegaciones dentro del plazo al efecto concedido Dª. Ana Isabel Bermejo
Breña, las cuales han sido objeto de contestación. Se han practicado el resto de publicaciones
exigidas legalmente. Se adjunta relación definitiva de afectados.
La urgencia viene motivada por cuanto en el tramo a actuar, entre los pp.kk. 0+000 y 4+500,
la carretera presenta una plataforma con un ancho de 5 m, sin arcenes ni bermas; un trazado
en planta que combina las rectas prolongadas con curvas cerradas y un alzado que cuenta con
numerosos cambios de rasante que provocan pérdidas de visibilidad.
El proyecto a ejecutar resolverá tales problemas mediante la solución adoptada, que supone
en esencia el ensanche generalizado conforme a una sección tipo de 6 m y arcenes de 1 m,
mejorando el trazado tanto en planta como en alzado conforme a la normativa vigente eliminando los cambios de rasante que aseguren una circulación que evite riesgo de accidentes.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 18 de mayo de 2021